Ley 9.544 de Mendoza: Prohibido fumar en salas y terrazas de los casinos
Ley 9.544 de Mendoza (22 de mayo de 2024): Prohíbe fumar en las salas, balcones, patios, terrazas y áreas similares de los casinos de Mendoza. Se agrega a la ley de adhesión sobre el tabaco, que deja de aplicarse a casinos en un punto.
- Número
- Ley 9.544
- Tema
- Salud
- Sancionada
- 22 de mayo de 2024
- Publicada en el Boletín Oficial
- 4 de junio de 2024 (N.º 32122)
En pocas palabras
- Se prohíbe fumar en las salas de los casinos ubicados en la provincia.
- La prohibición alcanza también balcones, patios, terrazas y cualquier área similar.
Texto de la ley
- Artículo 1: Incorpórase el Art. 1 bis a la Ley Nº 8382 que quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 1 bis)- La adhesión formulada en el artículo anterior, no comprende lo dispuesto por el inciso a) del artículo 24 de esa norma, en su aplicación a los casinos, por lo que establézcase la prohibición de fumar en salas, balcones, patios, terrazas y/o cualquier área similar de los casinos ubicados en el territorio de la Provincia.”