Ley 9.650 de Mendoza: Préstamos por hasta US$160 millones para salud digital y educación
Ley 9.650 de Mendoza (12 de agosto de 2025): Autoriza al Gobierno a pedir créditos a organismos multilaterales: hasta US$85 millones para digitalizar la salud y hasta US$75 millones para el programa de tecnología educativa EDUTEC.
- Número
- Ley 9.650
- Tema
- Economía y finanzas
- Sancionada
- 12 de agosto de 2025
- Publicada en el Boletín Oficial
- 2 de septiembre de 2025 (N.º 32425)
En pocas palabras
- Hasta US$85 millones para mejorar centros de salud, comprar equipamiento tecnológico y desarrollar sistemas para la atención médica.
- Hasta US$75 millones para EDUTEC: conectividad en escuelas, equipos, plataformas educativas y capacitación del personal.
- Las autorizaciones valen hasta el 31 de diciembre de 2026.
- El Gobierno debe enviar a la Legislatura la documentación firmada dentro de 10 días hábiles.
Texto de la ley
- Artículo 1: Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a hacer uso del crédito público con organismos multilaterales de crédito, en los términos de los Artículos 60 y 66 de la Ley Nº 8.706, con destino al financiamiento de los costos de inversión que demande la ejecución del proyecto estratégico de transformación digital en el sistema de salud de la Provincia, por hasta la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA Y CINCO MILLONES (U$S 85.000.000), con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Artículo 2: El objeto del crédito autorizado en el artículo anterior será destinado al mejoramiento de la infraestructura de los efectores sanitarios, a la adquisición de equipamiento tecnológico y a desarrollo e implementación de sistemas que mejoren la calidad y eficiencia en la atención médica, en el marco de la Ley Nº 9460.
- Artículo 3: Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a hacer uso del crédito público con organismos multilaterales de crédito, en los términos de los Artículos 60 y 66 de la Ley Nº 8.706, con destino al financiamiento de los costos de inversión que demande la ejecución del proyecto estratégico Fortalecimiento de EDUTEC, Programa Educación Digital Universal con Tecnologías Conectadas del sistema educativo de la Provincia, por hasta la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y CINCO MILLONES (U$S 75.000.000), con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. La autoridad de aplicación definirá los avances…
- Artículo 4: El objeto del crédito autorizado en el artículo anterior será destinado a mejorar la infraestructura de conectividad, equipamiento tecnológico, a la contratación de plataformas para la mejora en la calidad educativa y a la capacitación de personal necesaria para la utilización de la tecnología a aplicar en las instituciones escolares, en el marco de la Ley Nº 9438.
- Artículo 5: Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a modificar el Presupuesto vigente, con motivo de las autorizaciones citadas en los artículos 1º y 3º de la presente Ley.
- Artículo 6: El Poder Ejecutivo deberá remitir a la H. Legislatura Provincial copia de toda la documentación suscripta en el marco de la presente Ley de endeudamiento dentro de los diez (10) días hábiles de su suscripción.