Ley 9.669 de Mendoza: Terreno en Godoy Cruz para viviendas sociales y uso comunitario
Ley 9.669 de Mendoza (7 de octubre de 2025): El Instituto Provincial de la Vivienda puede aceptar una donación de 2.412 m2 en Godoy Cruz para hacer viviendas sociales. Además, un terreno de 3.942 m2 pasa a ser espacio público para el Barrio Arausal.
- Número
- Ley 9.669
- Tema
- Obras e infraestructura
- Sancionada
- 7 de octubre de 2025
- Publicada en el Boletín Oficial
- 31 de octubre de 2025 (N.º 32467)
En pocas palabras
- El Instituto de la Vivienda acepta un terreno de 2.412,87 m2, entre las calles José Manuel Estrada, Cruz del Eje, Dique El Peral y General Paz.
- El terreno se dona con la condición de construir viviendas de interés social, urbanizarlo y después adjudicar las casas.
- Godoy Cruz pasa ese terreno de espacio público a bien privado del municipio, para poder usarlo en vivienda.
- Otra fracción de 3.942,36 m2 pasa a ser espacio público, destinada a uso comunitario del Barrio Arausal y alrededores.
Texto de la ley
- Artículo 1: Autorízase al Instituto Provincial de la Vivienda a aceptar la donación con cargo de un inmueble, con título perfecto y libre de gravámenes e inhibiciones: Anotado en la MATRÍCULA SIRC Nº 0500614614, asiento A-1; superficie según título de dos mil cuatrocientos doce metros con ochenta y siete decímetros cuadrados (2.412,87 m2) y según Plano de Mensura Nº 05-65343-5 de dos mil cuatrocientos seis metros con diecinueve decímetros cuadrados (2.406,19 m2), con nomenclatura catastral Nº 05-05-08-0020-000001-0000-2, Padrón Municipal Nº 60.572, Padrón de Rentas Nº 05-670096. Limita al Norte: c/Calle…
- Artículo 2: La donación establecida en el artículo anterior se efectúa con el cargo de que el donatario destine el inmueble a la construcción de viviendas de interés social, su urbanización correspondiente y posterior adjudicación de las mismas, a través de los distintos programas implementados por el Instituto Provincial de la Vivienda.
- Artículo 3: Desaféctase del dominio público y aféctase al dominio privado de la Municipalidad de Godoy Cruz una fracción de terreno destinada a la construcción de viviendas sociales, constante de una superficie de dos mil cuatrocientos doce metros con ochenta y siete decímetros cuadrados (2.412,87 m2), según mensura y título, identificada conforme a la nomenclatura catastral Nº 05-05-08-0020-000001-0000-2 y Padrón de Rentas Nº 05-670096, conforme al Plano de Mensura y Loteo Nº 05-58109, visado por la Dirección General de Catastro de la Provincia de Mendoza. El terreno referido forma parte de un inmueble…
- Artículo 4: Desaféctase del dominio privado y aféctase al dominio público de la Municipalidad de Godoy Cruz la fracción del terreno correspondiente al polígono 1-2-3-4-5-6 con una superficie de tres mil novecientos cuarenta y dos metros con treinta y seis decímetros cuadrados (3.942,36 m2), que forma parte de un inmueble de mayor extensión de cuatro hectáreas tres mil ciento cincuenta y tres metros cuadrados (4 ha. 3.153,00 m²), del padrón Nº 73816, nomenclatura catrastral Nº 050588230055611700006, inscripto por expropiación Ley Nº 1447, Autos N° 13-04743145-4, Matrícula Nº 500544295, inscripción…