Ley 9.688 de Mendoza: Quién da el certificado contra incendios, Provincia o municipio
Ley 9.688 de Mendoza (10 de diciembre de 2025): Cambia la ley del certificado de medidas contra incendios (Ce.Me.P.A.C.I.). En municipios con área técnica propia lo da el municipio. Donde no la hay, lo da Bomberos de la Provincia para locales de más de 450 m2 y otros rubros.
- Número
- Ley 9.688
- Tema
- Seguridad y justicia
- Sancionada
- 10 de diciembre de 2025
- Publicada en el Boletín Oficial
- 6 de enero de 2026 (N.º 32509)
En pocas palabras
- Si el municipio tiene área técnica en seguridad contra incendios, tramita y otorga el certificado él mismo, con informes de un profesional idóneo.
- Sin esa área, Bomberos lo da para edificios públicos y para industrias, estaciones de servicio, supermercados, cines, hoteles y restaurantes de más de 450 m2.
- El certificado vale mientras no cambien el uso, la superficie, el riesgo o la cantidad de personas. El sistema contra incendios se inspecciona cada año.
- Particulares y municipios pueden pedir el certificado a Bomberos en casos no previstos en la ley, según el riesgo.
Texto de la ley
- Artículo 1: Sustitúyese el inciso 1 del artículo 3º y el artículo 14, e incorpóranse los artículos 14 bis y 14 ter a la Ley Nº 7499, los que quedarán redactados de la siguiente manera: "Artículo 3 Inc. 1- Proceder a la extensión del Certificado de Medidas de Protección Aptas Contra Incendios (Ce.Me.P.A.C.I.), únicamente respecto de los edificios, locales, espacios, públicos, público-privados o con destino a la prestación de servicios públicos existentes en el ámbito de la Provincia. También procederán a la extensión del certificado respecto a edificios, locales, espacios habitacionales colectivos o…